<p><img alt="" src="/public/images/images/reforma.jpg" style="float:left; height:171px; margin:20px; width:350px" />Todavía ni siquiera hemos terminado con el tema de la contabilidad electrónica y la declaración informativa de las llamadas "operaciones relevantes", cuando surge un nuevo tema en el escenario fiscal: la Declaración Informativa sobre la Situación Fiscal, prevista en el artículo 32-H del CFF.</p>
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<p>Según dicho ordenamiento, los contribuyentes que en la misma disposición se señalan deberán presentar esta declaración, relacionada con el ejercicio de 2014, a más tardar el 30 de junio de 2015, utilizando para ello, los medios y formatos que ya ha dado a conocer el SAT mediante reglas de carácter general y en su pagina de internet.</p>
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<p>Los contribuyentes que deben presentar esta declaración, entre otros, son los llamados "grandes contribuyentes", o aquellas personas que pertenezcan al régimen fiscal opcional para grupos de sociedades.</p>
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<p>Asimismo, deberán presentar esta declaración, las personas morales residentes en México, respecto de las operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero, supuesto en el cual probablemente se ubicarán muchos contribuyentes.</p>
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<p>Cabe señalar que los contribuyentes que ejerzan la opción de dictaminar sus estados financieros del ejercicio 2014, tendrán por cumplida la obligación prevista en el artículo 32-H en comento.</p>